BUAP tendrá megapuente, conoce las fechas de descanso

By on septiembre 26, 2024
  • La información fue dada a conocer, por medio de una circular de la institución, en la que se informó sobre el acuerdo que fue avalado por la rectora María Lilia Cedillo Ramírez.

La comunicad universitaria de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla (BUAP) autorizó el megapuente con motivo del cambio de poder en la presidencia de México, que se celebrará el próximo martes 1 de octubre, el nuevo día de descanso obligatorio en el país, a partir de este 2024.

Lo anterior fue dado a conocer, por medio de una circular de la institución, en la que se informó sobre el acuerdo que fue avalado por la rectora María Lilia Cedillo Ramírez, y que está dirigido a funcionarios del Consejo Universitario, vicerrectores, directores de unidades académicas y dependencias administrativas, jefes de departamento y comunidad universitaria.

En este sentido, según la circular número 021/2024, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 59fracción VII del Estatuto Orgánico de la BUAP, se informó lo siguiente:

Conforme a las solicitudes realizadas por el Sindicato Independiente de Trabajadores No Académicos (SITBUAP), a través de la Lic. Laura Teutle Xinto y del Mtro. Carlos Armando Ríos Acevedo, Secretaria y Secretario General respectivamente; se autoriza que el próximo lunes 30 de septiembre del año en curso, sea concedido como día no laborable”, señaló el documento.

De esta manera se confirmó que el 1 de octubre también será concedido como un día no laborable, ya que “la Ley Federal del Trabajo, en el artículo 74 fracción VII señala como día de descanso obligatorio cada seis años cuando corresponda a la transición del Poder Ejecutivo Federal”.

Es así como la comunidad estudiantil, administrativa, directiva y funcionarios del Consejo Universitario, tras este fin de semana, contarán con un megapuente de dos días de descanso, retomando labores el día miércoles 2 de octubre.

El megapuente no aplicará para toda la comunidad BUAP

Por otra parte, y de acuerdo con la circular, este día de descanso no será concedido para el personal que por la naturaleza de sus funciones no podrán interrumpir su día laboral, tal es el caso de del personal del Hospital Universitario de Puebla (HUP), de la Dirección de Apoyo y Seguridad Universitaria (DASU) y de la Dirección de Infraestructura Educativa (DIE), por los trabajos que se están realizando en CU2.

En estos casos, los días otorgados se programarán en términos de lo previsto por la cláusula 43 del contrato celebrado con el SITBUAP y de la cláusula 52del contrato celebrado con la ASPABUAP”, concluye el comunicado.

Con información: El Sol de Puebla

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