Decreto Presidencial para garantizar entornos digitales seguros
MAESTROS
Cartas a Gracia
Estimada Maestra:
El 9 de octubre, tras los penosos acontecimientos que enlutarían a una comunidad escolar ubicada en Torreón, Coahuila, la titular del ejecutivo federal anunciaría el envío de un “decreto para garantizar que plataformas digitales sean espacios seguros para niñas, niños y adolescentes” (https://acortar.link/AFy58T). Este decreto tendría destinatarios específicos y a quienes les señalaría: “Las plataformas tendrán que desarrollar todos los mecanismos para que niñas, niños y adolescentes no puedan tener acceso a estos contenidos (violentos)”. El mandato de la titular del poder ejecutivo publicado 5 días despues, obligaría a quienes detentarían la propiedad de medios digitales “a retirar publicaciones con discursos de odio, extremismo violento; abuso, explotación o violencia sexual; suicidio, autolesiones deliberadas, trastornos alimenticios; violencia en el entorno escolar; acoso y ciberacoso; ciberbullying; conductas ilícitas y material sexual explícito”.
Adicionalmente a la estrategia sobre este particular perfilada al inicio de la semana, el comunicado de la presidencia de la república, publicado el 13 de octubre haría referencia al “Decreto Presidencial para garantizar entornos digitales seguros para niñas, niños y adolescentes” al tiempo en el que la titular del ejecutivo federal reiteraría a través de medios digitales: “Las plataformas deben ser espacios seguros. […] “Nosotros no queremos censurar […] lo que queremos es que haya temas que las propias plataformas no difundan, no generen, no los hagan algoritmos en las redes sociales [y, acotaría] no se trata de censurar, sino de evitar publicaciones que inciten a la violencia. Nosotros no queremos censurar, no se trata de censurar. Y fíjense que las plataformas digitales estuvieron de acuerdo. Tuvo una reunión Luisa María Alcalde, la consejera jurídica, y Pepe Merino, de la Agencia de Transformación Digital, con ellos y dijeron: ‘nos parece bien y vamos a trabajar para que esto sea posible’”; aunque más adelante advertiría que de no cumplir voluntariamente, se elaboraría una ley punitiva.
Decreto Presidencial que se habría publicado el 14 de octubre bajo el siguiente encabezado “DOF: 14/10/2026. DECRETO de entornos digitales seguros para niñas, niños y adolescentes” y que constaría de 7 artículos y 4 transitorios, rubricado por la titular del ejecutivo federal y los encargados de los despachos de defensa; de seguridad; de educación; salud y por último de la agencia de transformación digital. Los Transitorios ordenarían 1º La publicación en el DOF; 2º Vigencia a partir del 14 de octubre; 3º. Mandataría que la Consejería Jurídica instalase “una Mesa de Trabajo con las dependencias y entidades competentes de la Administración Pública Federal”; y finalmente, 4º Ordenaría a las empresas implicadas “documentar e informar las acciones implementadas para dar cumplimiento a las disposiciones del presente decreto, dentro de un plazo máximo de treinta días naturales”.
El articulado plasmado en el decreto establecería: Artículo 1° Decreto de orden público; interés general y de observancia obligatoria y cuyo objeto sería establecer las medidas y mecanismos que las Plataformas digitales deben implementar para garantizar entornos digitales seguros para niñas, niños y adolescentes; Artículo 2° […] “se entendera por Plataforma digital: servicio digital que prestan intermediarios a través de Internet que permiten la interacción, comunicación, generación, difusión o compartición de contenidos entre personas usuarias, con la finalidad de, entre otros, ofrecer, proveer, comercializar o intermediar bienes, servicios, aplicaciones, productos o contenidos; entre las que se encuentran, redes sociales, videojuegos, tiendas de aplicaciones, entre otros”.
Artículo 3° Queda prohibido a las Plataformas digitales permitir a niñas, niños y adolescentes el acceso, exposición o recomendación de contenido, especialmente imágenes y videos que generen o promuevan: I. El acoso, incluido el ciberacoso y el ciberbullying; II. El abuso, explotación o violencia sexual; III. Los discursos de odio, extremismo violento o cualquier forma de violencia masiva; IV. Intercambio de contenidos de usuario a usuario que promuevan o inciten al odio o a la violencia, especialmente en el entorno escolar; V. Conductas ilícitas o que hagan apología del delito; VI. La pornografía y cualquier material de naturaleza sexual explícita, y VII. El suicidio, las autolesiones deliberadas y los trastornos alimenticios.
El Artículo 4° establecería obligaciones para las plataformas digitales, de curso legal y carácter obligatorio; el Artículo 5º y, en contexto del mandato, les ordenaría la designación de un contacto obligatorio con “las instancias de seguridad y de procuración de justicia” 24/7. No obstante los artículos 6º y 7º, anunciarian el diseño y la implementación de “ estrategias y programas de salud mental dirigidos a niñas, niños y adolescentes” a cargo de la Secretaría Salud, instancia que contaría con la concurrencia de la “Secretaría de Educación Pública y [de] las autoridades competentes [y la disposición contar con] un servicio telefónico de orientación y apoyo psicológico que acompañe tanto a las y los menores como a madres, padres, personas tutoras y cuidadoras cuando lo necesiten”. De manera específica y “en el marco de la Nueva Escuela Mexicana [la SEP], fortalecerá la formación de habilidades socioemocionales en todos los niveles educativos, y promovería que el uso de las Plataformas digitales sea seguro, crítico, pedagógicamente pertinente, éticamente responsable y compatible con el desarrollo cognitivo de niñas, niños y adolescentes”.
El éxito de las medidas proteccionistas estaría por verse Gracia; sin embargo, culpar a las plataformas digitales de todos los males que aquejarían a niñas, niños y adolescentes sería ignorar que la violencia en la que vivirían; desconocer que una parte importante de ella y que les afectaría ocurriría en entornos presenciales: hogar, escuela, comunidad y espacios públicos, sería querer tapar el sol con un dedo.