La Fiscalía General de la República (FGR) afirmó que el caso Pegasus descubrió una red de empresas fachada donde la firma israelí NSO Group, quien utilizaba a la empresa mexicana KBH para realizar espionaje telefónico con el software Pegasus, formaba parte de una red corporativa en la cual varias empresas tenían prestanombres y cuyo domicilio se localizaba en la Avenida Ejército Nacional 598, en la Ciudad de México.
Incluso fuentes cercanas al caso informaron que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) ya abrió una carpeta sobre este caso. En este mismo dirección se encontraba la empresa Proyectos y Diseños VME, donde Juan Carlos García Rivera, era empleado y quien está acusado por espiar con dicho malware de fabricación israelí a empresarios, periodistas y ciudadanos, entre ellos a Carmen Aristegui.
Este jueves se llevó a cabo la audiencia de alegatos de conclusión contra Juan Carlos García Rivera, empleado de una filial del Grupo KBH acusado de intervenir en las comunicaciones de periodistas, activistas y empresarios entre enero de 2015 a julio de 2016, la cual concluyó la madrugada de este viernes.
Por ello, hoy el juez de control con sede en el Reclusorio Sur, Luis Benítez Alcántara dictará sentencia a García Rivera, por el delito de intervención ilegal de comunicaciones agravado. La FGR pide que sea condenado a 16 años de prisión, debido a que la víctima es una periodista.
Sin embargo la moneda está en el aire. Durante la audiencia la Fiscalía dijo que Juan Carlos no tuvo un interés personal para intervenir las comunicaciones de la periodista, ya que no se le considera autor intelectual del delito sino material, pues el dueño de la empresa KBH, Uri Emmanuel Ansbacher Bendrama, le instruyó a quien espiar o qué dispositivos móviles tenía que infectar con Pegasus para extraer la información.
“Sería jurídicamente y legalmente imposible que Juan Carlos García Rivera obtenga una autorización judicial para intervenir comunicaciones, que es la única vía por la cual se puede realizar esta conducta en el marco legal”, aseguró el titular de la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos contra la Libertad de Expresión (FEADLE), Ricardo Sánchez Pérez del Pozo.
Reiteró que que el acusado no fue el autor intelectual de los hechos, pero que Emmanuel Ansbacher sí tenía un motivo, un incentivo perverso y un interés económico y ordenaba a quien se debía espiar.
No obstante destacó que que con las pruebas aportadas por la fiscalía se acreditó que el celular de Carmen Aristegui se intervino con Pegasus entre 2015 y 2016, debido a publicación del reportaje de La Casa Blanca y otros trabajos periodísticos que realizó en este periodo sobre actos de corrupción durante el sexenio de Enrique Peña Nieto.
“El entramado corporativo era el escenario ideal para la intervención ilícita de comunicaciones. El dueño de la empresa KBH no aparece, los domicilios son inexistentes, los socios son prestanombres y celebraban contratos millonarios con el gobierno” agregó.
Incluso recordó que el testigo protegido llamado Zeus, indicó que en México 15 mil personas fueron objeto de espionaje.
Zeus trabajó en KBH entre 2013 y 2015 como administrador de proyectos. En su testimonio aseguró que García Rivera viajó a Israel para recibir capacitación en el manejo de Pegasus, que posteriormente aplicaría en México.
Por su parte, los abogados de García Rivera insistieron que su representado es un chivo expiatorio y que la fiscalía no acreditó la intervención del celular de la periodista durante las seis semanas que duró la etapa de juicio, y mucho menos comprobaron que el acusado se hubiera utilizado el malware para expiarla. “El único resultado real de todo esto es que el móvil de haber sido el gobierno está más que patente. No hay ni siquiera una conducta acreditada, son meras especulaciones. Hay la ausencia de evidencia científica que nos diga específicamente que el teléfono de la periodista fue intervenido” añadió el abogado Samuel Ibarra.
García Rivera fue capturado por la Policía Ministerial en Querétaro
García Rivera fue capturado en noviembre de 2021 por la Policía Ministerial en la ciudad de Querétaro, posteriormente fue trasladado a la Ciudad de México donde el juez de control con sede en el Reclusorio Sur lo vinculó a proceso.
En ese entonces, el Ministerio Público Federal de la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos cometidos contra la Libertad de Expresión (FEADLE) formularon la imputación al acusado por su probable responsabilidad en la comisión del delito previsto y sancionado en el artículo 177 del código penal federal, agravado en término del artículo 51, párrafo tercero del mismo ordenamiento, ya que fue cometido en contra de la periodista Carmen Aristegui con la finalidad de afectar y menoscabar su libertad de expresión.
En ese año, el juez consideró que los indicios de prueba fueron suficientes y por ello ordenó la vinculación a proceso de García Rivera y ordenó que desde entonces permanezca en prisión preventiva justificada derivado del peligro de fuga y de los riesgos que representa para la seguridad pública y de las personas relacionadas con el proceso.
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