Retirar el Convenio firmado para dialogar
Por: Guadalupe Grajales
La única condición que haría viable una solución a la crisis política y económica de la BUAP
El sábado 24 de octubre la doctora Lilia Cedillo anunció que la consulta a los académicos de la BUAP se “pospondría unos días”. No dijo cuántos.
Resultó muy extraño que la parte patronal anunciara una decisión que claramente corresponde al Secretario General del ASPABUAP, si tomamos en cuenta que la doctora Cedillo afirmó en su comunicado a los medios de comunicación, que era este sindicato el que había propuesto a las autoridades de la BUAP la Modificación al Sistema de Pensiones y Jubilaciones del Contrato Colectivo de Trabajo, del cual es titular y, por lo tanto, aplicado a todo el personal académico de la universidad, afiliado o no a este sindicato.
Dos cosas nos parecen increíbles. Primera, que el representante de los(as) trabajadores proponga una modificación tan perjudicial para el gremio, sin siquiera convocarlo a una discusión en torno al aparente hoyo financiero que sufre la BUAP. Segunda, que la doctora Cedillo no haya convocado a la autoridad máxima de la universidad para el mismo efecto, y firmar tal acuerdo el 5 de octubre, convenientemente un día posterior a su informe de labores.
La falta de transparencia y el acuerdo firmado a espaldas de los afectados(as), que no son sólo los académicos sino también los administrativos porque obviamente correrán una suerte similar, sino también el estudiantado, pone de manifiesto la crisis del sistema de gobierno que priva en la BUAP.
Pero todavía más preocupante son los “avisos” que dio a conocer la doctora Cedillo.
Reconoció que el 70% de la planta académica son docentes hora-clase. De hecho, sus “avisos” están dirigidos a estos(as) profesores(as), pues ofreció un incremento del 10% a su salario base, ofreció cambiar la legislación universitaria para que puedan ser consejeros de unidad académica, por función y universitarios; y ofreció un Reglamento elaborado por la Vicerrectoría de Docencia para normar su carga académica. No sabemos en qué consista este Reglamento, que debería estar contenido en el RIPPPA (Reglamento de Ingreso, Permanencia y Promoción del Personal Académico), y no como un “parche” para “brincar” este escollo político-académico.
No se necesita ser clarividente para comprender las razones de estos ofrecimientos.
Primera. La afirmación de que se pospone para arreglar con el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral que voten todos los académicos, afiliados o no, obedece no al respeto que les deben a TODOS los académicos a quienes se aplica el contrato colectivo, sino a la peregrina idea de que con un miserable 10% de incremento salarial, el convenio sea aceptado por el 70% de la planta académica. Miserable porque de 115 pesos la hora, pasaría a la fabulosa cantidad de 126 pesos con 50 centavos. Por cierto, si los hora clase son el 70%, habría que corregir el Anuario Estadístico 2025-2026, porque según éste hay en total 5,112 docentes, de los cuales 2,355 son de carrera, o sea, 1,970 tiempos completos y 385 medios tiempos; y 2,757 son hora-clase, es decir, los de carrera son el 46% y los hora-clase son el 54%.
Además, los especialistas en derecho laboral señalan que no se justifica jurídicamente un aumento salarial sólo para algunos, y no para todos aquellos a los que se aplica el mismo contrato colectivo de trabajo.
¿Cómo puede pensarse que los profesores hora clase aceptarán el convenio firmado por el Aspabuap y la doctora Cedillo cuando lo que han venido sufriendo es una creciente precarización salarial y, en el caso de los contratados por tiempo determinado (desconocemos el porcentaje entre ellos) no sólo esto, sino que viven en la incertidumbre laboral, misma que los vuelve el sector magisterial más vulnerable, sujeto a presiones, amenazas y siempre en vilo por la recontratación?
Un verdadero ofrecimiento lo constituiría el acceso real a ocupar una plaza. Hay profesores de 20, 25, 30 años de antigüedad que nunca han tenido la oportunidad de concursar por una plaza para la cual cumplen plenamente los requisitos académicos.
Segunda. También ofreció la doctora Cedillo a los docentes hora-clase ocupar las consejerías del Consejo Universitario, de los Consejos de Unidad Académica y de los Consejos por Función, para lo cual tendría que someter al Congreso del Estado de Puebla la modificación de la Ley de la BUAP que, para el caso de los consejeros universitarios, señala en su artículo 15, fracción VI “Para ser representante del personal académico, se requieren los mismos requisitos que para ser autoridad personal salvo la antigüedad académica que será de tres años,,,,”; y en su artículo 21.”Para ser autoridad personal de la Unidad Académica se requiere poseer como mínimo nombramiento de Profesora o Profesor Investigador Asociado, definitivo, de tiempo completo…”
¿No creen ustedes que estos requisitos requieren indispensablemente la dedicación de tiempo completo a la universidad? Sobre todo, porque se trata de los representantes ante su máximo órgano de gobierno, representantes que deben estar en las condiciones laborales que les permitan actuar con total independencia y autodeterminación a la hora de votar.
Lo mismo vale para los consejeros por función y de Unidad Académica, pues el Estatuto Orgánico señala en su artículo 102. “Para ser persona consejera representante del personal académico se requiere: I. Tener plaza académica de profesora o profesor investigador titular o asociado, definitivo;”
Estos cargos de representación, podríamos decir, constituyen ofrecimientos de poder político, pero esto no es todo, pues la doctora Cedillo también hizo ofrecimientos de tipo económico-político.
Tercera. Ofreció a los docentes hora clase ocupar la secretaría administrativa, la académica y la de investigación y estudios de posgrado de todas las unidades académicas. En realidad, hace mucho tiempo que las ocupan, pues eran designados(as) por la rectoría, atribución que devolvieron a los directores hace apenas tres años, cuando se aprobaron las modificaciones al Estatuto Orgánico. (25 de septiembre de 2023) Éste señala en su artículo 115, fracción III (Para ser secretario de investigación o académico) “Tener plaza académica como mínimo de profesora o profesor investigador titular o asociado, definitivo, de tiempo completo y haber prestado servicios académicos en la Unidad Académica de que se trate por lo menos tres años anteriores al día del nombramiento;”
Imaginen si no es relevante que los secretarios académicos o de investigación sean de tiempo completo y definitivos para desempeñar adecuadamente todas las tareas encomendadas en el propio Estatuto.
Estos ofrecimientos parecen originarse en la desesperación por no perder el control, más que fundarse en una concepción que considere, en primer lugar, los derechos ganados por las y los maestros y la obligación de velar por ellos, garantizando su estabilidad laboral, su seguridad futura y la certeza de contar con una pensión y jubilación que cubra sus necesidades; y consecuentemente la calidad educativa.
Algo similar sucede con las coordinaciones al interior de cada unidad académica, según el organigrama de cada una de ellas. Por ejemplo, en la Facultad de Administración hay 25 coordinaciones, de las licenciaturas, de los posgrados y otras de tipo administrativo. Lo mismo en la Facultad de Medicina, hay 24 coordinaciones. Al igual que las secretarías, estos cargos se ocupan por designación y son retribuidos económicamente. Me pregunto si ahora se proponen “rotar” estas designaciones para aumentar las expectativas de negociación de los(as) docentes hora clase que estarían dispuestos a jugar a la lotería. Además, una de las más nefastas consecuencias de este sistema de designación ha generado el ejercicio autoritario del poder, que agobia a los universitarios e impide una vida genuinamente democrática en una institución autónoma como la BUAP.
En realidad, los docentes hora clase han desempeñado durante décadas las mismas funciones académicas de los profesores de carrera, pero por fuera de sus obligaciones: reuniones de academia, dirección de tesis, tutorías, elaboración de programas, etc. Esta es su verdadera realidad, pues no hay manera de designar a 2,757 profesores(as) como coordinadores de lo que sea, o como secretarios de cualquier unidad académica.
Cuarta. Otro ofrecimiento fue el de aprobar un Reglamento para asignar las cargas académicas a los docentes bajo la supervisión de la Vicerrectoría de Docencia. Una de las pocas atribuciones de las academias, de las que las y los docentes hora clase forman parte, ahora oficialmente no dependería de ellos(as) sino de la administración central. ¿A quién podría convencer que esta medida guarda algo de respeto por la y el docente cuando lo priva de la posibilidad de acordar colectivamente los cursos que ha de preparar, que ha de discutir con sus homólogos y con los que ha de ha de construir el consenso de su academia?
Además, ¿por qué normar esto fuera del Reglamento de Ingreso, Permanencia y Promoción del Personal Académico? (RIPPPA)
No hay manera de crear un genuino diálogo entre el magisterio, la parte patronal y la sindical si el Convenio firmado por estos últimos no se retira del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral.
Declarar que la consulta se pospone, sin decir cuándo se realizará, sólo busca inmovilizar y desarticular la protesta magisterial, esperando ganar tiempo con la suspensión de labores desde el viernes 30 hasta el lunes 2 de noviembre, cuatro días para “convencer” a los docentes hora clase de votar por el sí a la reforma laboral. De los profesores de carrera poco se ocuparán, pues obviamente a ninguno le conviene tal Convenio.
Retirar el Convenio es lo único que les queda a las partes firmantes. Ninguna comisión institucional nombrada por la patronal podrá resolver la crisis política y económica de la BUAP.
La solución está en la creación de plazas para todos los docentes que cumplen con los requisitos y en la transparencia del uso de los recursos destinados a las funciones sustantivas de la universidad. La austeridad en esto consiste.
Ninguna política de un Estado de Bienestar puede pedir al magisterio que autofinancie su retiro y su seguridad social, comprometiendo los derechos laborales logrados, y mermando todavía más su raquítico salario.